Ley 1570/2001

Artículo 2Tope de retiros y prohibición de transferencias al exterior

Texto oficial

Prohíbense las siguientes operaciones: a) Los retiros en efectivo que superen los PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250) o DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CINCUENTA (U$S 250) por semana, por parte del titular, o de los titulares que actúen en forma conjunta o indistinta, del total de sus cuentas en cada entidad financiera. b) Las transferencias al exterior, con excepción de las que correspondan a operaciones de comercio exterior, al pago de gastos o retiros que se realicen en el exterior a través de tarjetas de crédito o débito emitidas en el país, o a la cancelación de operaciones financieras o por otros conceptos, en este último caso, sujeto a que las autorice el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

Qué significa en la práctica

El corazón del corralito: prohíbe retirar más de $250 (o U$S 250) por semana por titular en cada banco, y prohíbe transferir dinero al exterior salvo comercio exterior, tarjetas o autorización del Banco Central.

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