La solicitud de depósito no podrá ser rechazada sino por incumplimiento de los requisitos formales determinados en el art. 10 y concordantes del presente decreto y su reglamentación. La resolución denegatoria del Registro respecto a una solicitud de depósito será apelable ante la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial o ante los tribunales federales, siendo la elección de una vía excluyente de la otra.
Qué significa en la práctica
La solicitud sólo puede rechazarse por incumplimiento de requisitos formales; la denegatoria es apelable ante la Dirección o los tribunales federales.