Ley 6673/1963

Artículo 23Acciones privadas

Texto oficial

Las acciones para la aplicación de las penas impuestas por este decreto serán privadas. No se dará curso a las demandas, tanto penales como civiles, si no son acompañadas por el título del Registro que se invoca.

Qué significa en la práctica

Las acciones penales son privadas y las demandas requieren acompañar el título del registro.

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