Artículo 301Carácter ejemplificativo de las denominaciones de cuentas
Texto oficial
Las denominaciones de cuentas contenidas o aludidas por las resoluciones técnicas citadas en el artículo anterior se considerarán de carácter ejemplificativo, por lo que la recepción sin observaciones de los estados contables no importará la convalidación de su uso ni la aceptación de actividades contrarias a la naturaleza y objeto de las entidades.
Qué significa en la práctica
Las denominaciones de cuentas contenidas o aludidas en las resoluciones técnicas citadas en el artículo anterior se consideran de carácter ejemplificativo. Por eso, la recepción sin observaciones de los estados contables no importa la convalidación de su uso ni la aceptación de actividades contrarias a la naturaleza y objeto de las entidades.