Ley 15/2024

Artículo 396Procedimiento de rúbrica de libros

Texto oficial

A los efectos de la presentación ante este Organismo, se iniciará el trámite a través del portal Trámites a Distancia (TAD). Allí se deberán consignar los datos de identificación de la solicitud y efectuarse el pago correspondiente por alguno de los medios habilitados en la plataforma TAD. La INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA notificará las observaciones formuladas a la solicitud o, en su caso, la disponibilidad de las obleas digitales, para ser descargadas por el escribano solicitante desde la plataforma TAD. Cada una de ellas deberá ser impresa en la foja correspondiente a la oblea de seguridad confeccionada conforme Anexo VIII de la presente Norma, identificada a tal fin en el formulario de la solicitud, para luego ser adherida al libro cuya rúbrica y autorización se requirió. Finalizado el trámite, el escribano asentará por nota en la foja de solicitud de rúbrica de libros los datos de rúbrica y autorización otorgada. El Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso de las atribuciones que le son propias, dictará las normas complementarias pertinentes garantizando la conservación e inalterabilidad de la foja de solicitud de rúbrica de libros y la foja correspondiente a la oblea de seguridad. Oportunidad de la solicitud de autorización y rúbrica

Qué significa en la práctica

Para la presentación ante la IGJ, el trámite se inicia por el portal Trámites a Distancia (TAD), consignando los datos de identificación de la solicitud y efectuando el pago por los medios habilitados. La IGJ notifica las observaciones o la disponibilidad de las obleas digitales, que el escribano descarga desde TAD e imprime en la foja de la oblea de seguridad (Anexo VIII) para adherirla al libro cuya rúbrica se requirió. Finalizado el trámite, el escribano asienta por nota en la foja de solicitud los datos de rúbrica y autorización otorgada. El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires dicta las normas complementarias que garanticen la conservación e inalterabilidad de las fojas.

Normas relacionadas

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