Ley 0

Artículo 81Comisiones investigadoras

Texto oficial

Cada Cámara puede designar comisiones con propósitos de información e investigación sobre materias o asuntos de interés público y proveerlas en cada caso de las facultades necesarias, las que no pueden exceder de los poderes de la autoridad judicial, para el desempeño de sus cometidos.

Qué significa en la práctica

Cada Cámara puede designar comisiones de información e investigación.

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