Ley 0

Artículo 83Validez de los títulos

Texto oficial

Cada Cámara es juez exclusivo de la elección de sus miembros y de la validez de sus títulos y, con el voto de las dos terceras partes de los componentes del cuerpo, resuelve la existencia de causas sobrevinientes de inelegibilidad y de incompatibilidad, sin que, en ambos casos, una vez pronunciada al respecto, pueda volver sobre su decisión.

Qué significa en la práctica

Cada Cámara es juez de la elección y validez de los títulos de sus miembros.

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