Ley 0

Artículo 161Transitoria: renovación de bancas (cont.)

Texto oficial

Hasta tanto se efectúe la renovación total de bancas de la Legislatura en las elecciones del año 2007, a los fines previstos por el Artículo 64, la denegatoria del pedido de desafuero, formulada por juez, deberá ser votada por lo menos por veintiún legisladores.

Qué significa en la práctica

Continúa la regulación de la renovación de bancas hasta 2007.

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