Ley 0

Artículo 85Legitimación procesal del Defensor

Texto oficial

En materia de su tiene legitimación procesal amplia, y su actuación en los procesos en que intervenga estará exenta del pago de cualquier impuesto o tributo, de fianzas o cauciones, y de depósitos como condición de procedibilidad para cualquier trámite o recurso.

Qué significa en la práctica

El Defensor tiene legitimación procesal amplia en materia de su .

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