Ley 274/2019

Artículo 38Plazo de la instrucción

Texto oficial

Plazo de la instrucción. Se realizará dentro del plazo de NOVENTA (90) días, prorrogables cuando haya causa justificada.

Qué significa en la práctica

La instrucción se realiza dentro de los 90 días, prorrogables con causa justificada.

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