Ley 70/2023

Artículo 236Reforma del art. 190 del Código Aeronáutico

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 190 — Código Aeronáutico y sus modificatorias por el siguiente: “ARTÍCULO 190.- Las aeronaves privadas extranjeras que sufran accidentes en el espacio aéreo argentino y las aeronaves privadas argentinas que sufran accidentes en territorio extranjero, quedarán sujetas a la investigación técnica prevista en los convenios internacionales.”

Qué significa en la práctica

Modifica el Art. 190 — Código Aeronáutico sobre las aeronaves extranjeras que sufren accidentes en el espacio aéreo argentino.

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