Ley 70/2023

Artículo 332Reforma del art. 17 de la Ley 20.655

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 17 — Ley del Deporte, por el siguiente: “ARTÍCULO 17.- Las personas que desempeñen cargos directivos y de fiscalización en las organizaciones deportivas contraerán responsabilidad personal y solidaria por las rendiciones de cuentas de los recursos previstos en el artículo 15 de la presente ley, como también por el cumplimiento de los fines para los cuales fueron concedidos los mismos.”

Qué significa en la práctica

Modifica el Art. 17 — Ley del Deporte (20.655) sobre la responsabilidad personal de quienes ocupan cargos directivos y de fiscalización en las organizaciones deportivas.

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