Sustitúyese el Art. 31 — Ley de Reforma del Estado por el siguiente: “ARTÍCULO 31.- En el caso de los empleados adquirentes se podrá destinar al pago de las acciones los dividendos anuales, hasta su totalidad, de ser necesario.”
Qué significa en la práctica
Modifica el Art. 31 — Ley de Reforma del Estado: los empleados adquirentes pueden destinar al pago de las acciones los dividendos anuales, hasta su totalidad si fuera necesario.