Ley 11.672

Artículo 161Organismos autárquicos

Texto oficial

Los organismos y entes autárquicos integrantes del SECTOR PUBLICO NACIONAL Financiero y No Financiero, ajustarán su actividad e implementarán libremente sus acciones y objetivos en el marco de las decisiones de política económica que determine el PODER EJECUTIVO NACIONAL por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. .

Qué significa en la práctica

Los organismos y entes autárquicos del Sector Público ajustan su actividad al marco de la política económica que determine el Poder Ejecutivo.

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