Ley 11.683

Artículo 196Liquidación del impuesto

Texto oficial

En el caso de que la no contuviere liquidación del impuesto y accesorios que mandase pagar al contribuyente, el plazo para expresar agravios se contará desde la fecha de de la resolución que apruebe la liquidación.

Qué significa en la práctica

Regula el caso en que la no contiene la liquidación del impuesto.

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