Constituyen contravenciones forestales: a) Llevar o encender fuego en el interior de los bosques y zonas adyacentes en infracción a los reglamentos respectivos; b) Arrancar, abatir, lesionar árboles y extraer savia o resina en infracción a los reglamentos respectivos; c) Destruir, remover o suprimir señales o indicadores colocados por la autoridad forestal; d) Toda transgresión al plan de explotación aprobado; e) Desobedecer las órdenes impartidas en ejecución de normas legales o reglamentarias; f) Pronunciarse con falsedad en las declaraciones o informes; g) Omitir la denuncia a que obliga en artículo 19; h) Toda infracción a la presente ley y a los decretos, resoluciones, disposiciones o instrucciones que se dicten en su consecuencia; i) Introducir ganado en infracción a los reglamentos en los bosques y tierras forestales.
Qué significa en la práctica
Enumera las contravenciones forestales (fuego indebido, daño a árboles, transgresión de planes, falsedad, ganado).