Ley 14.250

Artículo 7Ajuste a las normas legales

Texto oficial

Las disposiciones de las convenciones colectivas deberán ajustarse a las normas legales que rigen las instituciones del derecho del trabajo, a menos que las cláusulas de la convención relacionadas con cada una de esas instituciones resultaran más favorables a los trabajadores, conforme las pautas del Art. 9 — Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones y siempre que no afectaren disposiciones dictadas en protección del interés general. (Artículo sustituido por Art. 132 — Ley de Modernización Laboral B.O. 06/03/2026. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

Qué significa en la práctica

Las cláusulas de las convenciones deben ajustarse a las normas legales que rigen las instituciones del derecho del trabajo.

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