Ley 14.878

Artículo 40Patrimonio

Texto oficial

Los bienes muebles e inmuebles que constituyen el patrimonio de la actual Dirección de Vinos y otras Bebidas, serán transferidos al Instituto Nacional de Vitivinicultura. Los inspectores y agentes de la misma, actualmente en función, que fueren incorporados por el Instituto, podrán ser sometidos a un régimen especial para su admisión.

Qué significa en la práctica

Los bienes de la Direccion de Vinos pasan a integrar el patrimonio del Instituto.
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