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Ley General de Vinos (Vitivinicultura)
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Art. 41
Ley 14.878
Artículo 41
Derogaciones
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Texto oficial
Quedan derogadas las Leyes 12.372 y 14.799 y toda otra disposición que se oponga a la presente ley. DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Qué significa en la práctica
Deroga las Leyes 12.372 y 14.799 y toda disposicion que se oponga a esta ley.
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