Las instituciones de crédito bancario que no den cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 12 — Haberes Jubilatorios, serán consideradas como infractoras a la Ley de Bancos y sancionadas como lo establece dicha ley.
Qué significa en la práctica
Los bancos que no cumplan con el Art. 12 — Haberes Jubilatorios se consideran infractores de la Ley de Bancos y se sancionan según ella.