El incumplimiento de la establecida en el inciso a) del artículo anterior será sancionado con multa de $ 2000.— a $ 50.000.— cuya aplicación estará a cargo de la Caja Nacional de Previsión respectiva. En caso de , la multa será de hasta $ 100.000.—.
Qué significa en la práctica
Multa (de monto histórico) a quien no consigne el número de inscripción en facturas y recibos, aplicada por la Caja de Previsión; mayor si hay .