Ley 17.454

Artículo 15Límite de la recusación sin causa

Texto oficial

La facultad de recusar sin expresión de causa podrá usarse UNA (1) vez en cada caso. Cuando sean varios los actores o los demandados, sólo UNO (1) de ellos podrá ejercerla. CONSECUENCIAS

Qué significa en la práctica

La sin causa puede usarse una sola vez en cada caso.

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