Ley 17.454

Artículo 156Comienzo de los plazos

Texto oficial

Los plazos empezarán a correr desde la y si fuesen comunes, desde la última. No se contará el día en que se practique esa diligencia, ni los días inhábiles. SUSPENSION Y ABREVIACION CONVENCIONAL. DECLARACION DE INTERRUPCION Y SUSPENSION

Qué significa en la práctica

Los plazos empiezan a correr desde la .

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