La decisión se adoptará por el voto de la mayoría de los jueces que integran la cámara. En caso de empate decidirá el presidente.
(Artículo sustituido por Art. 2 — Ley 27.500 B.O. 10/1/2019. Vigencia: a partir del día de su publicación oficial)
legal. Efectos
Qué significa en la práctica
La decisión se adopta por el voto de la mayoría de los jueces.