Si alguna de las partes se opusiere a la apertura a prueba en la audiencia prevista en el artículo 360 del presente Código, el juez resolverá lo que sea procedente luego de escuchar a la contraparte.
(Artículo sustituido por Art. 36 — Ley de Mediación (1995) B.O. 27/10/1995)
PRESCINDENCIA DE APERTURA A PRUEBA POR CONFORMIDAD DE PARTES
Qué significa en la práctica
Regula la oposición de las partes a la apertura a prueba.