Ley 17.454

Artículo 449Falso testimonio

Texto oficial

Si las declaraciones ofreciesen indicios graves de falso testimonio u otro , el juez podrá decretar la detención de los presuntos culpables, remitiéndolos a disposición del juez competente, a quien se enviará también testimonio de lo actuado. SUSPENSION DE LA AUDIENCIA

Qué significa en la práctica

Regula el caso de indicios de falso testimonio.

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