Ley 17.454

Artículo 540Pago durante el juicio

Texto oficial

Cuando durante el y antes de pronunciarse , venciere algún nuevo plazo de la en cuya virtud se procede, a pedido del actor podrá ampliarse la ejecución por su importe, sin que el procedimiento retrotraiga, y considerándose comunes a la ampliación los trámites que la hayan precedido. En cada caso de ampliación deberá cumplirse con la intimación de pago. AMPLIACION POSTERIOR A LA

Qué significa en la práctica

Regula el pago efectuado durante el juicio antes de la .

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