Cuando durante el y antes de pronunciarse , venciere algún nuevo plazo de la en cuya virtud se procede, a pedido del actor podrá ampliarse la ejecución por su importe, sin que el procedimiento retrotraiga, y considerándose comunes a la ampliación los trámites que la hayan precedido.
En cada caso de ampliación deberá cumplirse con la intimación de pago.
AMPLIACION POSTERIOR A LA
Qué significa en la práctica
Regula el pago efectuado durante el juicio antes de la .