Ley 17.454

Artículo 600Ejecución de prenda con registro

Texto oficial

En la ejecución de prenda con registro sólo procederán las excepciones enumeradas en los incisos 1, 2, 3, 4, 6 y 9 del artículo 544 y en el artículo 545 y las sustanciales autorizadas por la ley de la materia. PRENDA CIVIL

Qué significa en la práctica

Enumera las excepciones admisibles en la ejecución de prenda con registro.

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