Ley 17.454

Artículo 620Sentencia de obra nueva

Texto oficial

La que admitiere la dispondrá la suspensión definitiva de la obra o, en su caso, su destrucción y la restitución de las cosas al estado anterior, a costa del vencido.

Qué significa en la práctica

La que admite la dispone la suspensión de la obra.

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