En los casos del artículo anterior, si conjuntamente con el pedido, quien promovió el hubiere acompañado UNA (1) cuenta provisional, el juez dará traslado a la otra parte para que la admita u observe, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere se aprobará la presentada.
El juez fijará los plazos para los traslados y producción de prueba, atendiendo a la complejidad de las cuentas y documentos que se hubiesen acompañado.
DOCUMENTACION. JUSTIFICACION DE PARTIDAS
Qué significa en la práctica
Regula el caso en que se reconoce un saldo junto con el pedido de rendición.