Ley 17.454

Artículo 8Declinatoria e inhibitoria

Texto oficial

La declinatoria se sustanciará como las demás excepciones previas y, declarada procedente, se remitirá la causa al juez tenido por competente. La inhibitoria podrá plantearse hasta el momento de oponer excepciones o de contestar la si aquel trámite no se hallare establecido como previo en el proceso de que se trata. PLANTEAMIENTO Y DECISION DE LA INHIBITORIA

Qué significa en la práctica

La declinatoria se sustancia como excepción previa; regula la inhibitoria.

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