La plenitud, limitación o restricción de los derechos inscriptos y la libertad de disposición, sólo podrá acreditarse con relación a terceros por las certificaciones a que se refieren los artículos siguientes.
Qué significa en la práctica
La plenitud o restricción de los derechos inscriptos y la libertad de disposición solo se acreditan frente a terceros mediante las certificaciones registrales.