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Ley Registral Inmobiliaria
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Art. 4
Ley 17.801
Artículo 4
La inscripción no convalida
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Texto oficial
La inscripción no convalida el título nulo ni subsana los defectos de que adoleciere según las leyes.
Qué significa en la práctica
La inscripción no convalida el título nulo ni subsana sus defectos: el registro da publicidad, no sanea el acto.
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Normas relacionadas
Complementa a
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