La apreciación de la invalidez se efectuará por los organismos y mediante los procedimientos que establezca la autoridad competente, que aseguren uniformidad en los criterios estimativos y las garantías necesarias en salvaguarda de los derechos de los afiliados. A estos efectos podrá recabarse la colaboración de las autoridades sanitarias nacionales, provinciales y municipales.
Qué significa en la práctica
La invalidez se aprecia por los organismos y procedimientos que aseguren uniformidad de criterios y garantías para el afiliado.