Ley 18.037

Artículo 60Obligaciones de los beneficiarios

Texto oficial

Los beneficiarios del presente régimen están sujetos, sin perjuicio de las establecidas por otras disposiciones legales o reglamentarias, a las siguientes obligaciones: a) Suministrar los informes requeridos por la , referentes a su situación frente a las leyes de previsión; b) Comunicar a la Caja respectiva toda situación prevista por las disposiciones legales, que afecte o pueda afectar el derecho a la percepción total o parcial del beneficio que gozan.

Qué significa en la práctica

Los beneficiarios deben informar su situación y comunicar toda circunstancia que afecte el derecho a percibir el beneficio.

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