A partir de la promulgación de esta ley no podrán crearse ni ponerse en funcionamiento regímenes jubilatorios provinciales o municipales que con carácter forzoso cubran a las personas obligatoriamente comprendidas en la presente.
Qué significa en la práctica
Desde la promulgación no pueden crearse regímenes jubilatorios provinciales o municipales que con carácter forzoso cubran a los autónomos.