Ley 18.345

Artículo 93Vista de las pericias

Texto oficial

Vistas de las peritaciones. De los informes de los peritos se dará vista a las partes por TRES (3) días, salvo que su complejidad o extensión justificare un plazo mayor.

Qué significa en la práctica

De los informes periciales se da vista a las partes por tres días, salvo que su complejidad o extensión justifique un plazo mayor.

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