Plazo para la . Desde el vencimiento del plazo a que se refiere el artículo anterior o desde que quedó ratificado el auto que declaró la cuestión de puro derecho, se computará el plazo para dictar .
Qué significa en la práctica
Fija el plazo en que el juez debe dictar la , contado desde el vencimiento del plazo para alegar o desde que la cuestión quedó de puro derecho.