Ley 18.829

Artículo 19Cierre del sumario y resolución

Texto oficial

Producidas todas las pruebas, así como las medidas para mejor proveer que se puedan decretar, se cerrará el sumario y se dará vista al interesado por Cinco (5) días hábiles improrrogables, vencidos los cuales el titular del organismo de aplicación dictará la resolución pertinente.

Qué significa en la práctica

Producidas las pruebas, se cierra el sumario y se da vista al interesado por 5 días hábiles improrrogables; luego el titular del organismo de aplicación dicta la resolución.

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