Artículo 137Suspensión de trabajos junto al socavón
Texto oficial
Los dueños de las minas atravesadas suspenderán todo trabajo a distancia de CUATRO (4) metros de la labor o claro del socavón.
Pero cuando se trate de arrancar minerales, de abrir una comunicación o de cualquier trabajo útil, se dará aviso a la autoridad para que con el informe del ingeniero, determine el espesor del macizo, o declare la clase de fortificaciones que deben reemplazarlo.
Los gastos serán de cuenta de los dueños de las minas.
V De la formación de grupos mineros
Qué significa en la práctica
Los dueños de las minas atravesadas suspenden todo trabajo a 4 metros de la labor del socavón; para arrancar minerales o abrir comunicaciones se avisa a la autoridad, que con informe del ingeniero fija el espesor del macizo, a costa de los dueños de las minas.