Los dueños de DOS (2) o más minas contiguas pueden constituir con ellas una sola propiedad con una sola explotación.
Desígnase esta reunión de pertenencias, correspondan a un solo dueño o a dueños diferentes, con el nombre de grupo minero.
Qué significa en la práctica
Los dueños de dos o más minas contiguas pueden constituir con ellas una sola propiedad con una sola explotación, llamada grupo minero, sean de uno o varios dueños.