Ley 1.919

Artículo 14Prohibición de dividir la mina

Texto oficial

Es prohibida la división material de las minas, tanto relación a sus dueños, como respecto de terceros. Ni los dueños, ni terceros pueden explotar una región o una parte de la mina, independientemente de la explotación general.

Qué significa en la práctica

Está prohibida la división material de las minas, tanto entre los dueños como respecto de terceros: no se puede explotar una parte de la mina con independencia de la explotación general.

Normas relacionadas

← Ver en Código de Minería completaLeyes