Si el terreno correspondiente a una concesión, es del Estado o Municipio, la cesión será gratuita.
La cesión comprende los derechos consignados en el Artículo 156.
La cesión del terreno subsistirá mientras la mina no se declare vacante, o sea abandonada.
Si los terrenos estuvieren cultivados, el concesionario pagará la correspondiente .
Qué significa en la práctica
Si el terreno de la concesión es del Estado o Municipio, la cesión es gratuita y subsiste mientras la mina no se declare vacante o abandonada; si está cultivado, se paga .