Ley 1.919

Artículo 172Demarcación a pedido del propietario

Texto oficial

El propietario que quiera explotar las sustancias sobre las que la ley le reconoce preferencia, pedirá previamente la demarcación de pertenencias.

Qué significa en la práctica

El propietario que quiera explotar las sustancias sobre las que tiene preferencia debe pedir previamente la demarcación de pertenencias.

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