Ley 1.919

Artículo 186Pertenencia para uso exclusivo

Texto oficial

Cualquiera puede solicitar una pertenencia para el uso exclusivo de las sustancias de aprovechamiento común. I De la concesión de pertenencias

Qué significa en la práctica

Cualquiera puede solicitar una pertenencia para el uso exclusivo de las sustancias de aprovechamiento común.

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