Cuando se soliciten pertenencias mineras para establecimientos fijos, se notificarán las personas que ocupen el espacio denunciado.
Si se solicitan pertenencias de las sustancias comprendidas en el Inciso c) y siguientes del Artículo 4, se expresarán los nombres de las personas y demás indicaciones exigidas en las manifestaciones o denuncios de minas.
Qué significa en la práctica
Al solicitar pertenencias para establecimientos fijos se notifica a quienes ocupan el espacio; para las sustancias del inciso c) y siguientes del Art. 4 se cumplen las indicaciones de las manifestaciones de minas.