Son denunciables a los efectos del Artículo 186, y se concederán al primer solicitante:
1 Los terreros, relaves y escoriales de las minas abandonadas, si TRES (3) meses después de declarado el abandono no hubiesen sido ocupadas o denunciadas.
2 Los escoriales de establecimientos de beneficio abandonados por sus dueños y que no están resguardados por paredes o tapias.
Qué significa en la práctica
Son denunciables y se conceden al primer solicitante los terreros, relaves y escoriales de minas abandonadas no ocupados tres meses después del abandono, y los escoriales de establecimientos abandonados sin resguardo.