Ley 1.919

Artículo 247Sujetos comprendidos

Texto oficial

Están comprendidas dentro del régimen de esta Sección, todas las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, los entes centralizados o descentralizados y las Empresas del Estado Nacional, Provincial y Municipal que desarrollen actividades comprendidas en el Artículo 249.

Qué significa en la práctica

Están comprendidas todas las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, y las empresas del Estado que desarrollen las actividades mineras del Art. 249.

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