Ley 1.919

Artículo 79Permuta de medidas

Texto oficial

El concesionario tiene derecho a que, en la demarcación de la pertenencia, se de a la corrida del criadero la extensión asignada a su inclinación, y a ésta la asignada a la corrida; pero esto sólo tendrá lugar cuando no resulte perjuicio de tercero.

Qué significa en la práctica

El concesionario puede pedir que se intercambien las extensiones de la corrida y la inclinación del criadero, siempre que no perjudique a terceros.

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