Ley 19.349

Artículo 38Superioridad por cargo

Texto oficial

Superioridad por cargo es la que deriva de la dependencia orgánica y en virtud de la cual un gendarme tiene superioridad sobre otro por la función que desempeña o el cargo que ocupa dentro de un mismo organismo. Los cargos y las dependencias de éstos son los determinados en los gráficos de vinculaciones de dependencia y en los cuadros de organización.

Qué significa en la práctica

Deriva de la dependencia orgánica: un gendarme es superior a otro por la función o el cargo que ocupa.

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